Concejo
Función Constitucional
El Concejo debe reglamentar las funciones y la eficiente prestación
de los servicios a cargo del municipio, adoptar los correspondientes
Planes y Programas de Desarrollo Económico y Social y de obras públicas,
autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer pro témpore
precisas funciones de las que le corresponden al Concejo, votar de
conformidad con la Constitución y la Ley los tributos y los gastos
locales, dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir
anualmente el presupuesto de Rentas y Gastos, determinar la estructura
de la Administración Municipal y las funciones de sus dependencias; las
escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de
empleos, crear a iniciativa del Alcalde, establecimientos públicos y
empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de
Sociedades de Economía Mixta, reglamentar los usos del suelo y, dentro
de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades
relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a
vivienda, a su vez dictar las normas necesarias para el control,
preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
Teléfono: +57-8-7541724
Fax: +57-8-7541724
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